Investigaciones para el sector público

Sector público: proteger el dinero común con hechos

Ayuntamientos, arrendadores sociales, organismos públicos: cada fraude a los dispositivos públicos se paga con el presupuesto de todos. Documentamos la realidad detrás de las declaraciones: ayudas, viviendas, bajas, incivilidades organizadas.

Las administraciones disponen de poderes de control, pero rara vez de medios de investigación de terreno: un servicio instructor no hace constataciones de ocupación, un gestor de RR. HH. no verifica una actividad paralela. Ese es el eslabón que aportamos a municipios, departamentos, arrendadores sociales y organismos públicos, con el rigor de una agencia con licencia CNAPS e informes concebidos para los procedimientos administrativos y judiciales. Esta página describe las misiones típicas, el marco legal específico y el desarrollo de una misión.

¿Por qué una administración contrata a un detective?

Porque el fraude a los dispositivos públicos se esconde en lo real, no en los expedientes: domicilios ficticios para cobrar ayudas, viviendas sociales subarrendadas, empleados de baja con actividad paralela, vertidos ilegales organizados. La constatación de terreno, leal y fechada, convierte una denuncia en expediente utilizable.

Las denuncias llegan de todas partes, vecindario, servicios, cargos electos, pero una denuncia no es una prueba, y actuar sobre una simple delación expone a la administración al contencioso. Nuestras constataciones objetivan la situación: o confirman la denuncia, y el expediente puede avanzar (recuperación de la ayuda, resolución del contrato, expediente disciplinario, querella); o la desmienten, y una acusación infundada se extingue sin daño para el administrado.

La ejemplaridad también cuenta: el fraude se propaga donde queda sin consecuencia y retrocede donde el control es real.

¿Qué misiones tratamos para las administraciones?

Dominan cuatro familias: el fraude en ayudas y prestaciones (domicilio ficticio, situación oculta), el parque social desviado (subarriendo, no ocupación), los empleados públicos de baja con actividad incompatible y los ataques al dominio público, con los vertidos ilegales a la cabeza, cuyos autores pueden documentarse.

SituaciónQué constatamosSeguimiento de la administración
Domicilio ficticio (ayudas, escolarización)Ocupación real de la vivienda, residencia efectivaRecuperación de la ayuda, baja, querella en su caso
Vivienda social subarrendadaOcupantes reales, anuncios en línea, rotacionesResolución del contrato, recuperación de la vivienda
Empleado de baja, actividad paralelaActividad constatada en el espacio público, regularidadExpediente disciplinario, contravisita selectiva
Vertidos ilegales recurrentesAutores, vehículos, canales de aporteMulta, querella, facturación de la limpieza
Ocupación ilícita del dominio públicoOcupantes, uso, cronologíaProcedimiento de desalojo documentado

El módulo de subarriendo se apoya en nuestra experiencia de subarriendo ilegal, y el control de bajas en la página de baja laboral fraudulenta, transpuestos a las particularidades del empleo público.

¿Difiere el marco legal para una entidad pública?

La base es la misma, licencia CNAPS, lealtad, proporcionalidad, RGPD, con dos vigilancias propias: la contratación pública (nuestras prestaciones encajan en sus umbrales y procedimientos de compra) y la protección reforzada de los administrados, que exige constataciones estrictamente factuales, sin fichajes ni recogida excesiva.

Sobre la contratación: nuestras misiones, puntuales y acotadas, entran la mayoría de las veces por debajo de los umbrales de dispensa de procedimiento; para necesidades recurrentes respondemos a las consultas con un marco tarifario transparente, nuestra tarifa es pública, algo raro en la profesión.

Sobre el fondo: un informe destinado a fundar una decisión administrativa debe ser inatacable ante el tribunal administrativo. Constataciones desde el espacio público, series fechadas, fuentes abiertas citadas, y nunca una apreciación de la vida privada más allá de la cuestión planteada. Ese estándar protege a la administración tanto como al administrado.

¿Cómo se desarrolla una misión tipo?

Denuncia analizada, encuadre escrito con el servicio afectado (pregunta precisa, base legal, duración), constataciones de terreno en serie e informe factual entregado al servicio y, si procede, a su abogado. La discreción es total, un control descubierto pierde su valor y expone al empleado al conflicto.

  1. Análisis de la denuncia. No todas justifican una investigación: le ayudamos a distinguir lo que requiere constataciones de terreno, control documental o archivo.

  2. Encuadre. Convenio escrito: objeto, base legal de la entidad, perímetro, presupuesto, duración. El DPO puede participar.

  3. Constataciones. Serie espaciada en el tiempo, la ocupación de una vivienda o una actividad paralela se prueban por repetición, no con una instantánea.

  4. Informe. Factual, fechado, fotografías con fecha y hora, listo para la comisión, el expediente disciplinario o el juez.

Vertidos ilegales: ¿cómo llegar hasta los autores?

Observando los lugares recurrentes en las franjas pertinentes, identificando vehículos y canales de aporte (artesanos desaprensivos, vaciados de pisos en negro) y cruzando en fuentes abiertas los anuncios de «vaciados baratos». Identificados los autores, la administración puede multar, perseguir y facturar.

El vertido recurrente casi nunca es obra de particulares aislados: son profesionales del vaciado o de la construcción que se ahorran el punto limpio. Nuestras observaciones identifican vehículos, frecuencias y procedencias; el cruce con los anuncios en línea suele ligar la furgoneta a una actividad comercial identificable.

El expediente permite entonces salir de la impotencia: multas administrativas, querella, facturación de la retirada, y un efecto disuasorio rápido en los lugares tratados, constatado por los servicios técnicos.

¿Dónde pasa la frontera con los inspectores institucionales?

Los organismos sociales tienen sus propios inspectores jurados, con prerrogativas que nosotros no tenemos, acceso a ficheros, derecho de comunicación. Nuestro lugar es complementario: el terreno fino, la discreción, la disponibilidad horaria y los expedientes que los circuitos institucionales no pueden tratar.

Un inspector institucional cita, consulta los ficheros, ejerce el derecho de comunicación; no pasa seis tardes constatando la ocupación real de un chalet ni sigue una furgoneta de vertidos al amanecer. A la inversa, nosotros no tenemos ni ficheros ni poder de citación, ni los necesitamos: nuestra materia es lo que se ve, se fecha y se fotografía legalmente.

Las administraciones que articulan ambos obtienen los mejores resultados: la denuncia documentada con nuestras constataciones llega al organismo competente con un expediente ya sólido, que acelera el control institucional y asegura la recuperación de lo indebido. El mismo esquema vale para las fiscalías: una querella acompañada de constataciones fechadas se instruye de otra manera que una carta de un cargo electo.

Dos expedientes típicos, anonimizados

Un chalet «residencia principal» que daba derecho a plaza de guardería y tarifas sociales, en realidad desocupado desde hacía dos años; un punto de vertidos alimentado cada semana por la misma furgoneta, ligada a una actividad de vaciados no declarada.

La residencia principal fantasma. Una familia disfruta de tarifas sociales y plaza de guardería por residir en el municipio. Seis constataciones en ocho semanas establecen un chalet con persianas cerradas, buzón desbordante, contador casi inmóvil, la familia residía en realidad en un municipio vecino. Las prestaciones se recalculan y lo indebido se recupera.

La furgoneta del domingo por la noche. Un camino municipal sufre vertidos semanales. Tres observaciones selectivas identifican la misma furgoneta, su conductor y su procedencia; los anuncios en línea de «vaciados a cualquier distancia» completan el vínculo. Multa, querella, y, sobre todo, fin de los vertidos desde la primera citación, tras dos años de limpiezas semanales pagadas por el municipio.

¿Cuánto cuesta?

Las misiones del sector público siguen nuestra tarifa pública: constataciones puntuales en investigación administrativa desde 350 € + IVA, observaciones a 85 € + IVA/hora (decreciente por volumen). Convenio escrito previo, compatible con sus procedimientos de compra, presupuesto gratuito sobre la descripción de la necesidad.

Para los arrendadores sociales y administraciones con volúmenes regulares (controles de ocupación en serie, campañas antivertidos), un marco anual con interlocutor único y formato de informe constante simplifica la ejecución y el control de gestión.

Ver la lista completa de tarifas.

Preguntas frecuentes

¿Puede una administración contratar legalmente a un detective?
Sí: nada reserva las agencias con licencia CNAPS a las personas privadas, y los tribunales admiten los informes de investigadores aportados por entidades públicas, en las condiciones habituales de lealtad y proporcionalidad. El convenio escrito documenta la base legal de la gestión.
¿No pueden hacer estas constataciones nuestros propios agentes?
Algunas sí, con su condición jurada. Pero las constataciones sensibles (ocupación, actividad paralela) exigen discreción, disponibilidad horaria y técnica de observación: un agente conocido localmente es detectado enseguida, y el contencioso se debilita. Externalizar asegura precisamente ese eslabón.
¿Resiste el informe ante el tribunal administrativo?
Está concebido para ello: constataciones factuales fechadas, fotografías con fecha y hora tomadas desde el espacio público, ninguna intrusión ni apreciación superflua. Fundamenta las decisiones de recuperación, resolución o disciplinarias, y las defiende en caso de recurso.
¿Cómo gestionan los datos personales de los administrados?
Recogida mínima limitada a la pregunta planteada, base legal documentada en el convenio, transmisión solo al servicio mandante, destrucción de los datos brutos en el plazo acordado. Su DPO puede unirse al encuadre, una buena práctica que fomentamos.
¿Intervienen con urgencia, por ejemplo ante una ocupación ilícita?
Sí: en la región de París las constataciones pueden empezar en 48 horas para congelar una situación cambiante, ocupación naciente, vertidos en curso, subarriendo flagrante. Los elementos fechados servirán después al procedimiento que elijan sus servicios.

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